Comprar un piso a tu hijo: ¿hay más ventajas fiscales a tu nombre, al de él o compartido?

El problema de la vivienda va unido a la preocupación fiscal, como en el caso de que los padres compren un piso a su hijo o hija, pero se preguntan si es mejor ponerlo a su nombre, al de ellos o compartido. Los abogados expertos nos sacan de dudas de cara a Hacienda y así, unir la alegría de los hijos de tener una vivienda al de haber ahorrado en impuestos.

¿Por qué es importante la titularidad del inmueble?

La titularidad de una vivienda afecta directamente a las obligaciones fiscales y legales. Según si decides que el piso esté a tu nombre, al de tu hijo o compartido, los impuestos y procesos asociados a la compra, donación o herencia del inmueble variarán significativamente.

Por ejemplo, una donación puede implicar un coste fiscal más alto que otras alternativas, mientras que la herencia tiene sus propias ventajas dependiendo de la comunidad autónoma en la que residas, así que no hay un caso tipo mejor o peor, sino según la situación y objetivos de cada familia.

Opciones para poner el piso a nombre de tu hijo

Si decides comprar la vivienda y ponerla directamente a nombre de tu hijo, que es lo más habitual, el proceso será más sencillo desde el principio. Tiene sus ventajas fiscales, ya que no es necesario realizar una donación posterior, lo que evita el pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, pero tu hijo tendrá obligaciones tributarias, al tener que pagar impuestos asociados a la compra, como el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), y otros gastos relacionados, como notaría y registro.

Recuerda también que si tu hijo es menor de edad, será necesario nombrar un tutor legal para gestionar el inmueble.

Otra opción es adquirir la vivienda a tu nombre y luego donarla a tu hijo. Aunque puede ser una alternativa atractiva, también tiene importantes implicaciones fiscales, ya que está sujeto al Impuesto de Donaciones, que depende de la comunidad autónoma, con bonificaciones que varían ampliamente. En algunas regiones, como Madrid, las bonificaciones pueden alcanzar hasta el 99%.

Además de la donación, se deberá pagar la plusvalía municipal y, en algunos casos, declarar la operación en el IRPF si ha habido una ganancia patrimonial.

Por último está la opción de adquirir el usufructo y la nuda propiedad, una de las opciones más rentables desde el punto de vista fiscal, ya que los padres compran el usufructo vitalicio, que les garantiza el uso y disfrute del inmueble mientras vivan y el hijo adquiere la nuda propiedad, lo que significa que será el propietario pleno tras el fallecimiento de los padres.

Fiscalmente, tiene la ventaja de que se paga lo mismo en impuestos que si solo los padres compraran la vivienda, los padres mantienen un techo asegurado y el hijo evita una futura donación o herencia costosa, aunque tiene el inconveniente de que ambas partes deben estar de acuerdo si deciden vender la vivienda antes del fallecimiento de los padres.

¿Y si decides dejar la vivienda en herencia?

Otra alternativa es mantener la vivienda a tu nombre hasta el fallecimiento y luego transmitirla en herencia.

Al igual que en el caso de las donaciones, está adscrito al Impuesto de Sucesiones, que entre comunidades autónomas. Algunas, como Andalucía, tienen bonificaciones significativas para herederos directos, como la plusvalía municipal, que grava el incremento del valor del terreno desde que adquiriste la vivienda. Eso sí, mientras vivas, no será necesario realizar transferencias ni asumir gastos adicionales.

¿Qué opción es más rentable fiscalmente?

Como ves, no existe una respuesta única. Hay que tener en cuenta factores como el lugar de residencia, ya que las bonificaciones fiscales por donaciones y herencias varían según la comunidad autónoma; la edad y situación del hijo; y la capacidad económica, que considera los impuestos inmediatos frente a los costes a largo plazo.

Por ejemplo, en Madrid donar una vivienda a un hijo podría estar bonificado casi al 99%, mientras que en otras comunidades como Cataluña, el impuesto de donaciones puede ser significativamente más alto.

Con solución intermedia en caso de duda, la compra compartida con el hijo puede ser una solución intermedia que permita beneficios fiscales y mantenga flexibilidad.

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