La custodia en el divorcio: ¿quién tiene derecho a usar la casa cuando el hijo es mayor de edad?

Cuando hay un divorcio es complicado llegar a un acuerdo, por ejemplo, sobre quién se queda con la casa. La decisión es todavía más difícil cuando hay hijos menores de edad porque su custodia está relacionada con el derecho de uso de la vivienda familiar.

El progenitor que reciba la custodia del hijo tendrá otorgado el derecho de uso de la casa, debido a la protección especial del menor que establece la legislación española, según informa Infobae. Excepto que el hijo tenga la necesidad de alojamiento cubierta en otro sitio o que la vivienda no sea familiar.

Si los hijos se dividen entre los progenitores, esta persona es quien se queda la vivienda en caso de custodia compartida. Pero, ¿quién tiene derecho de uso de la vivienda en un divorcio cuando el hijo es mayor de edad?

¿Qué pasa cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad?

Cuando el hijo de una pareja divorciada se convierte en mayor de edad, se revisará la asignación del uso de la vivienda —siempre que sea la vivienda familiar— entre los progenitores, según un fallo de 2001 del Tribunal Supremo.

Desde que los hijos cumplen la mayoría de edad, termina la custodia y ambos padres pasan a tener igualdad de condiciones respecto a la vivienda. De ahí la necesidad de hacer una revisión. Hay que tener cuidado con los errores financieros más comunes que cometen las parejas durante el divorcio.

Se pueden dar tres casos en relación con el derecho de uso de la vivienda otorgado a un hijo cuando este se convierte en mayor de edad:

  • La propiedad retorna al titular de la vivienda si pertenece a uno de los padres y no hay un interés de protección especial del otro.
  • El disfrute de la vivienda de forma temporal para los padres que no son titulares, pero han usado la casa por la necesidad de protección especial o por custodia exclusiva.
  • El juez determinará qué progenitor tiene derecho de uso si la propiedad es compartida.

Esta jurisprudencia se ha reafirmado con una revisión en 2017, que ha dictaminado que el cumplimiento de la mayoría de edad de los hijos se trata de una variación con el peso suficiente para poner fin a la atribución automática de la vivienda familiar.

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