Las herencias son de lo más complejas y, en ocasiones, puede ocurrir que el trascurso de la vida no esté acorde con los planes de un testamento. Por ello, puede ocurrir que fallezca un heredero antes que la persona de quien iba a heredar cierto patrimonio.
En este caso, se da una situación compleja en cuanto al funcionamiento de la línea de sucesión e incluso la herencia puede ser repudiada. Existen varias posibilidades a tener en cuenta y en Business Insider España vamos a analizarlas todas.
Fallecimiento de un heredero antes de aceptar la herencia
Los tiempos en la gestión de una herencia son complicados y puede ocurrir que un heredero muera antes incluso de que haya podido aceptar o repudiar dicha herencia. Si esto ocurre, ese patrimonio para a sus herederos por el derecho de transmisión.
Así, si el reciente fallecido tiene dos hijos, estos se repartirán a partes iguales la herencia que iba a recibir su padre.
Si existe testamento, se respetan los derechos hereditarios, estando primero los hijos y descendientes, padres y ascendientes y el cónyuge. De no haberlo, el orden es: hijos y descendientes, padres y ascendientes, cónyuge, hermanos e hijos de hermanos, y otros parientes en línea colateral hasta cuarto grado.
¿Y si fallece un heredero antes que el testador?
Para ejemplificar la situación, imagina que un hijo muere antes que su padre. De nuevo hay varias opciones; en caso de que no exista testamento, se aplica la sucesión intestada, pasando al siguiente familiar en la línea de sucesión.
Si, por el contrario, hay testamento, el padre deberá obviarlo en el mismo y nombrar herederos a los parientes que le sigan en la línea sucesoria. Si el fallecido tenía hijos, los nietos se repartirían la parte de la herencia que le correspondía al progenitor. Se hace así por el derecho de representación, por el que los herederos del heredero fallecido toman su lugar en la herencia.
¿Qué ocurre cuando no hay herederos?
Si alguien fallece sin hijos, no implica que no tenga herederos, los padres o cónyuge también son herederos directos. La línea sucesoria continúa, según la ley, con otros familiares como hermanos, tíos, primos o abuelos.
También puede ocurrir que no tenga familiares o que todos ellos renuncien a la herencia, momento en el que esta pasaría a ser propiedad de la Administración Pública.