Giro de 180 grados en herencias o donaciones: este es el tiempo que se puede aplazar el impuesto de sucesiones

Las personas con una situación financiera vulnerable pueden solicitar una prórroga del pago del impuesto de sucesiones o donaciones. De esta manera, consiguen tiempo para ahorrar el dinero necesario y cumplir con su obligación fiscal. Sin embargo, a veces no hay que pagar el impuesto de sucesiones y donaciones del bolsillo de los beneficiarios, aunque solo en el caso de una herencia.

¿Cuánto tiempo se puede aplazar el impuesto de sucesiones?

Los beneficiarios de una herencia o una donación deben pagar el impuesto de sucesiones y donaciones si quieren recibir el bien heredado o donado. En ese sentido, es importante tener claro cuánto dinero se paga por el Impuesto de Sucesiones en cada comunidad autónoma y las posibles bonificaciones.

Respecto al plazo para pagar el tributo, varía en cada caso en función de si es una herencia o una donación. Al recibir una herencia hay que pagar el impuesto de sucesiones dentro de los primeros seis meses desde el fallecimiento, mientras que el plazo es de 30 días hábiles desde el día de la donación de bienes. Hay que tener en cuenta que el impuesto de sucesiones puede pagarse con el dinero de la cuenta bancaria de la persona fallecida en el caso de una herencia.

Ante la imposibilidad de abonar el dinero, el pago del impuesto de sucesiones se puede aplazar durante un año y este es el plazo máximo para abonar el dinero. Para ello, es obligatorio solicitar la prórroga para el pago del impuesto de sucesiones dentro del plazo fijado para la donación o la herencia para obtener más tiempo para pagar el tributo.

El requisito es que “no ha de existir inventariado entre los bienes del causante efectivo o bienes de fácil realización suficientes para el abono de las cuotas liquidadas”, explican desde la web de la Comunidad de Madrid. De todos modos, una experta aclara si se puede pagar el impuesto de sucesiones con el dinero del fallecido.

La alternativa a aplazar el impuesto de sucesiones es fraccionar el pago durante un plazo de hasta cinco años. De esta manera, el beneficiario de los bienes puede pagar una parte del impuesto de sucesiones y donaciones a largo plazo a las administraciones públicas, con la posibilidad de ahorrar el dinero o encontrar trabajo.

Sin embargo, al fraccionar el impuesto de sucesiones hay que tener en cuenta que se paga la deuda principal más intereses de demora. A esto se suma el 25% de la suma de ambas partidas. En esta caso, el requisito es que “inventariado entre los bienes del causante efectivo o bienes de fácil realización suficientes para el abono de las cuotas liquidadas”.

En cualquier caso, es importante saber que Hacienda no puede cobrar el impuesto de sucesiones y donaciones en las herencias con disputas entre los herederos. Además, los herederos pueden obtener la herencia sin tener que pagar el impuesto de sucesiones. Para ello, hay que solicitar al banco que abone el tributo con el dinero de la cuenta bancaria de la persona fallecida.

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